Herencias

Planificación y gestión de herencias

Acompañamiento integral en todo el proceso

Gestionar una herencia puede ser complejo, especialmente cuando intervienen varios herederos o existen dudas legales o fiscales.

En Romero Acacio, te acompañamos en todo el proceso de aceptación de la herencia, reparto de bienes, liquidación de impuestos y solución de conflictos. Nuestro objetivo es claro: que todo quede resuelto de la forma más segura, ofreciendo un estudio completo mediante estudio legal y estrategia fiscal para los herederos, evitando posibles impuestos innecesarios hasta la tramitación completa del expediente, liquidación y pago de impuestos, IIVTNU, inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre de los herederos.

¿Hablamos?

Cuéntanos tu situación y te asesoraremos sin compromiso.

Acompañamiento continuo

¿Qué incluye nuestra gestión?

Gestión de herencias
01

Estudio legal y estrategia fiscal para los herederos

02

Aceptación, reparto y adjudicación de bienes

03

Liquidación y pago del Impuesto de Sucesiones e IIVTNU

04

Inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre de los herederos

Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber

En general, no existe un plazo legal fijo en España, aunque los acreedores pueden solicitar que el heredero se pronuncie en 30 días mediante la llamada "interpelatio in iure". Es aconsejable actuar con diligencia para evitar responsabilidades innecesarias.

No es legalmente obligatorio, pero sí muy recomendable cuando existen varios herederos, bienes inmuebles, deudas o discrepancias. Un abogado especialista garantiza que el proceso sea correcto, eficiente y evita errores fiscales o registrales costosos.

Los principales son el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyo importe varía según la comunidad autónoma, el grado de parentesco y el valor de los bienes, y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) si hay inmuebles urbanos.

Puedes aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que limita tu responsabilidad al valor de los bienes heredados, evitando responder con tu propio patrimonio de las deudas del causante. También tienes la opción de renunciar a la herencia.

En principio, la herencia se acepta o se repudia en su totalidad. No obstante, si eres llamado como heredero de una parte y como legatario de otra, puedes renunciar a la herencia y aceptar el legado, o viceversa.